POLÍTICAS DE IGUALDAD EN EL ECUADOR
POLÍTICAS DE IGUALDAD EN EL ECUADOR Principio de Igualdad La Constitución de la República en el artículo 11, número 2, inciso primero establece que “Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades”, y en el inciso tercero, que “el Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de desigualdad.” Principio de No Discriminación La Constitución determina como uno de los deberes primordiales del Estado en su artículo 11: “Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales” y en su inciso segundo, número 2 señala que “Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-económ...